Trámites

Trámites de obras

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ARTICULO 5.1.6. DE LA ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES

Para la obtención del permiso de edificación de obra nueva o a regularizar, se deberán presentar al Director de Obras Municipales los siguientes documentos:

1.- Solicitud firmada por el propietario y el arquitecto proyectista, indicando en ella o acompañando, según corresponda, los siguientes antecedentes:

  1. a) Lista de todos los documentos y planos numerados que conforman el expediente, firmada por el arquitecto proyectista.
  2. b) Declaración simple del propietario de ser titular del dominio del predio/ se debe completar todos los datos de la declaración jurada del propietario (rol tributario, domicilio, fojas, n°, año, etc).
  3. c) Las disposiciones especiales a que se acoge el proyecto, en su caso.
  4. d) Los profesionales competentes que intervienen en los proyectos.
  5. e) Si el proyecto consulta, en todo o parte, edificios de uso público.
  6. f) Si cuenta con informe favorable de un Revisor Independiente y la individualización de éste.
  7. g) Si cuenta con informe favorable de Revisor de Proyecto de Cálculo Estructural y la individualización de éste.
  8. h) Si cuenta con anteproyecto aprobado y vigente que haya servido de base para el desarrollo del proyecto, acompañando fotocopia de la resolución de aprobación.

2.- Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas vigente o bien del que sirvió de base para desarrollar el anteproyecto vigente y de la plancheta catastral si ésta hubiere sido proporcionada.

3.-  Formulario único de estadísticas de edificación (INE)

4.- Informe del Revisor Independiente, cuando corresponda, o del arquitecto proyectista, bajo declaración jurada, en los casos de permisos de construcción de un proyecto referido a una sola vivienda o a una o más viviendas progresivas o infraestructuras sanitarias.

5.- Informe favorable de Revisor de Proyecto de Cálculo Estructural, cuando corresponda su contratación.

6.- Certificado de factibilidad de dación de servicios de agua potable y alcantarillado. 

7.- Planos de arquitectura numerados, que deberán contener (EN TRES EJEMPLARES) 

  • Ubicación del predio, señalando su posición relativa respecto de los terrenos colindantes y espacios de uso público. Esta información gráfica podrá consultarse dentro del plano de emplazamiento.
  • Emplazamiento de el o los edificios, en que aparezca su silueta en sus partes más salientes, debidamente acotada y con indicación de sus distancias hacia los deslindes respectivos o entre edificios, si correspondiera, incluyendo los puntos de aplicación de rasantes y sus cotas con relación al nivel de suelo natural. En este plano se indicarán, además, los accesos peatonales y vehiculares desde la vía pública.
  • Planta de todos los pisos, debidamente acotadas, señalando los accesos especiales para personas con discapacidad y él o los destinos contemplados. Las cotas deberán ser suficientes para permitir calcular la superficie edificada de cada planta.
  • Cortes y elevaciones que ilustren los puntos más salientes de la edificación, sus pisos y niveles interiores, la línea de suelo natural y la rectificada del proyecto, las rasantes en sus puntos más críticos con indicación de sus cotas de nivel, salvo que se ilustren en plano anexo, sus distanciamientos y la altura de la edificación.

En caso que haya diferencias de nivel con el terreno vecino o con el espacio público, se indicarán las   cotas de éstos y el punto de aplicación de las rasantes. Si se tratare de edificación continua, se acotarán la altura de ésta, sobre la cual se aplicarán las rasantes respectivas a la edificación aislada que se permita sobre ella. Los cortes incluirán las escaleras y ascensores si los hubiere, las cotas verticales principales y la altura libre bajo las vigas.

  • Planta de cubiertas.
  • Plano de cierro, cuando el proyecto lo consulte.

8.- Cuadro de superficies, indicando las superficies parciales necesarias según el tipo de proyecto y cálculo de carga de ocupación de acuerdo a estas superficies y a los destinos contemplados en el proyecto.

9.- Plano comparativo de sombras, en caso de acogerse al artículo 2.6.11. de la presente Ordenanza.

10.- Proyecto de cálculo estructural cuando corresponda de acuerdo con el artículo 5.1.7. de la presente Ordenanza.

11.- Especificaciones técnicas de las partidas contempladas en el proyecto, especialmente las que se refieran al cumplimiento de normas contra incendio o estándares previstos en esta Ordenanza. (EN TRES EJEMPLARES)

12.- Levantamiento topográfico, debidamente acotado, con indicación de niveles, suscrito por un profesional o técnico competente y refrendado por el arquitecto proyectista, salvo que dicha información esté incorporada en las plantas de arquitectura.

13.- Estudio de Ascensores, cuando corresponda.

14.- Informe favorable para la construcción IFC (ex cambio de uso de suelo) emitido por SAG y MINVU, para las construcciones fuera de los límites urbanos. VIGENTE

15.- Cuando se trate de edificios públicos deberá presentar Expediente de Accesibilidad que contenga planos y memoria accesibilidad, detallando todos los componentes de la ruta accesible según DS 50 y DDU 351.

NOTA 1: Es importante aclarar que ”Ninguna obra podrá ser habitada o destinada a uso alguno antes de su recepción definitiva parcial o total”, según lo dispuesto en el Artículo 145, de la L.G.U.C.

NOTA 2: Si después de concedido un permiso y antes de la recepción de las obras, hubiere necesidad de modificar un proyecto aprobado, se deberán presentar ante el Director de Obras Municipales los siguientes antecedentes según lo dispuesto en el Artículo 5.1.17. de la L.G.U.C.

NOTA 3: Deberá presentar todos los documentos que indica el art. 5.1.6 de la Ordenanza, de lo contrario y según lo mencionado el art. 1.4.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones inciso cuarto, si uno de los documentos no está en la carpeta se deberá rechazar el expediente. 

(Cualquier consulta dirigirlas a correo: dom@munitorresdelpaine.cl, por el arquitecto patrocinante)

ARTÍCULO 5.2.6 DE LA ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES

Junto a la solicitud de recepción definitiva de la obra se acompañará el legajo de antecedentes que comprende el expediente completo del proyecto construido, en que se encuentren incluidos la totalidad de las modificaciones y los certificados de recepción de las instalaciones contempladas en las especificaciones técnicas aprobadas, según se indica a continuación:

  1. Declaración de estado de la obra (especifica que la obra se encuentra 100% terminada)
  1. Informe por parte del arquitecto, en el cual certifica que las obras se han ejecutado de acuerdo al permiso aprobado, incluidas sus modificaciones, según art. 144 de la L.G.U.C.
  1. Informe de la empresa, el constructor u otro profesional según corresponda, en que se detalle las medidas de gestión y control de calidad, según art. 1.2.9 de la OGUC
  1. Informe del Revisor Independiente, según art. 1.2.5 de la OGUC 
  1. Resolución de calificación ambiental del proyecto, cuando proceda. Ley 19.300
  1. Libro de obras, según art. 1.2.7 de la OGUC.
  1. Fotocopia de la Patente municipal al día del arquitecto y demás profesionales, solo si los profesionales han cambiado o son diferentes a los que se declararon en el permiso de edificación.
  1. Certificado vigente de inscripción del Revisor Independiente, cuando proceda.
  1. Documentos actualizados en los que incidan los cambios, cuando corresponda. 

10.- Memoria de cálculo y planos estructurales de las modificaciones, cuando  proceda.

  1. 11. Certificado de dotación de agua potable y alcantarillado, emitido por la Empresa de Servicios Sanitarios que corresponda o por la autoridad sanitaria, según proceda. 

Para zonas rurales propiamente tal como Cerro Guido, Grey, Estancia Cerro Paine, Parque Nacional Torres del Paine y otros sectores rurales de la comuna, los certificados de dotación de agua potable y alcantarillado, los emite el Servicio de Salud, en el cual este emite dos resoluciones:

– Resolución de aprobación del proyecto y funcionamiento del Sistema Particular de abastecimiento de agua potable.

– Resolución de aprobación del proyecto y funcionamiento del Sistema Particular de Alcantarillado y Disposición de aguas Servidas.

  1. Documentos a que se refieren los artículos 5.9.2. y 5.9.3. , según se trate de instalaciones eléctricas interiores o instalaciones interiores de gas, respectivamente, cuando proceda.

Se requiere en este caso el:

– Certificado de Inscripción de instalación eléctrica interior S.E.C.  TE1  

– Certificado de Declaración de Instalaciones Interiores de Gas S.E.C. TC6  

– Certificado de Central de GLP y red de distribución de GLP en media presión S.E.C. TC2  (Certificado de Central de Gas Licuado de Petróleo y Red distribución de GLP en Media Presión /estanque de gas)

Es necesario para los certificados, que el instalador autorizado especifique  el tipo de construcción ya sea (quincho, hostal, cabañas, hotel, etc.) al cual se está solicitando los certificados respectivos.

13.- Y demás antecedentes exigidos en el art. 5.2.6 de la OGUC.

NOTA: Es importante aclarar  que, “ninguna obra podrá ser habitada o destinada a uso alguno antes de su recepción definitiva parcial o total”, según lo dispuesto en el Artículo 145, de la L.G.U.C.

(Cualquier consulta dirigirlas a correo: dom@munitorresdelpaine.cl, por el arquitecto patrocinante)

  1. Solicitud de Obras Preliminares- Formulario S.O.P.D./5.1.3
  1. Planta de Emplazamiento Instalaciones Provisorias y sus accesos con indicación del área de carga y descarga de materiales.
  1. Autorización notarial propietario predio en caso de estar en un predio distinto.
  1. Presupuesto de las instalaciones, indicando con claridad los m2 y materialidad utilizada, esto según tabla de costos unitarios por m2 de construcción del Minvu.
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